Los alumnos de primer curso podrán promocionar al segundo curso cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes:
Para promocionar de 1º a 2º en el ciclo de Gestión Administrativa es preciso superar todos los módulos excepto, a lo sumo: "Empresa y administración" y FOL
Para promocionar de 1º curso a 2º curso en cualquier otro ciclo es necesario cumplir alguna de las condiciones siguientes:
Todos los Ciclos Formativos incluyen un módulo profesional de "Formación en Centros de Trabajo" (FCT) que se desarrolla obligatoriamente en las empresas o centros de trabajo, en un entorno productivo real. Tiene como finalidad completar la formación adquirida en el centro educativo y se realiza al final de cada Ciclo Formativo, generalmente una vez superados los Módulos Profesionales que se cursan en el centro educativo.
El módulo de formación en centros de trabajo, se realizará en el periodo establecido en la normativa; en los ciclos de 2000 horas se lleva a cabo de marzo a junio o de septiembre a diciembre. Excepcionalmente podrá organizarse en períodos o momentos distintos de los establecidos con carácter general y siempre en el mismo curso académico, analizando cada caso.
Con carácter excepcional se, podrá permitir el acceso al módulo de formación en centros de trabajo al alumnado que tenga un solo módulo profesional pendiente de superación (a excepción del módulo profesional de “Proyecto” correspondiente a ciclos formativos de grado superior) siempre que el módulo pendiente no esté asociado a unidades de competencia. El equipo educativo podrá adoptar esta decisión en la sesión de evaluación en la que se decida el acceso al módulo de formación en centros de trabajo.
La evaluación tendrá un carácter continuo por lo que se realizará lo largo de todo el proceso formativo del alumnado.
En la modalidad presencial, en oferta completa, el proceso de evaluación continua requiere la asistencia regular a las clases y actividades programadas para los distintos módulos profesionales del ciclo formativo. En otro caso, el alumnado será evaluado de acuerdo con el procedimiento que el equipo educativo haya establecido en la programación del ciclo formativo.
Con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su rendimiento sea valorado conforme a criterios de plena objetividad, los centros deberán hacer públicos, antes del comienzo del curso, los objetivos y contenidos necesarios para superar el módulo; los instrumentos, procedimientos y criterios de calificación que se aplicarán para la evaluación de los resultados de aprendizaje.
Los alumnos tienen derecho a:
Este derecho podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por sus padres o tutores legales.
El procedimiento y los plazos para la presentación y la tramitación de las reclamaciones a las decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones finales del curso escolar, o en las excepcionales, se regula en el artículo 25 de la ORDEN EDU/2169/2008, de 15 de diciembre.
Las programaciones didácticas son públicas para que todos los alumnos puedan conocerlas. Los alumnos podrán ejercer su derecho de consulta realizando una petición en la jefatura de estudios del IES Galileo.